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Hospital and related services (оригинал извещения) (Испания - Тендер #50695538)


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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания)
Организатор тендера: Fundació de Recerca Clínic Barcelona – Institut d’Investigacions Biomèdiques August Pi i Sunyer (FRCB-IDIBAPS)
Номер конкурса: 50695538
Дата публикации: 26-01-2024
Сумма контракта: 88 506 835 (Российский рубль) Цена оригинальная: 1 499 393 (Евро)
Источник тендера:


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Регистрация
2024012220240222 14:00Body governed by public lawContract noticeServicesOpen procedureEuropean Union, with participation by GPA countriesSubmission for all lotsThe most economic tenderOther01C0201
  1. Apartado I
    1. Nombre y direcciones
      Fundació de Recerca Clínic Barcelona – Institut d’Investigacions Biomèdiques August Pi i Sunyer (FRCB-IDIBAPS)
      C/ Rosselló, 149-153
      Barcelona
      08036
      Spain
      Correo electrónico: fconcurs@recerca.clinic.cat
    2. Contratación conjunta
    3. Comunicación
      Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación, en
      https://contractaciopublica.cat/ca/perfils-contractant/detall/FCRB?categoria=0&tipus=104&page=0
      Puede obtenerse más información en la dirección mencionada arribaa la dirección mencionada arriba
    4. Tipo de poder adjudicador:
      Organismo de Derecho público
    5. Principal actividad:
      Otra actividad: Investigación básica
  2. Apartado II
    1. Ámbito de la contratación:
      1. Denominación:

        ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS QUE PUEDEN OFRECER LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN DE PRODUCTOS DE TERAPIA CELULAR ARI0001, ARI0002h Y ARI0003, EN SALA BLANCA, BAJO CONDICI

        Número de referencia: F23.0047AMCH
      2. Código CPV principal:
        85110000
      3. Tipo de contrato:
        Servicios
      4. Breve descripción:

        El objeto del Acuerdo Marco es la homologación de los operadores económicos que pueden ofrecer la producción de productos de terapia celular ARI0001, ARI0002h y ARI0003, en sala blanca, bajo condiciones GMP.

      5. Valor total estimado:
        Valor IVA excluido: 1 499 393.36 EUR
      6. Información relativa a los lotes:
        El contrato está dividido en lotes: no
    2. Descripción
      1. Denominación:
      2. Código(s) CPV adicional(es):

      3. Lugar de ejecución:
      4. Descripción del contrato:

        El objeto de esta contratación es la producción, en sala blanca y bajo condiciones GMP, de diversos productos de terapia celular, en concreto de linfocitos T diferenciados autólogos de sangre periférica expandidos y transducidos mediante un vector lentiviral. Incluye la adscripción al contrato de tres salas blancas para seguir desarrollando, bajo condiciones GMP, los proyectos de investigación destinados a terapias avanzadas.

        La contratación de estos servicios será en función de las necesidades de FRCB-IDIBAPS

      5. Criterios de adjudicación:
        Criterio de calidad - Nombre: Calidad: Conocimientos del responsable del contrato en el control de calidad en productos de terapias avanzadas_Criterio objetivo / Ponderación: 20
        Criterio de calidad - Nombre: Calidad: Libertad de acceso a las instalaciones del adjudicatario_Criterio objetivo / Ponderación: 15
        Criterio de calidad - Nombre: Criterios sociales_Criterio objetivo / Ponderación: 15
        Precio - Ponderación: 50
      6. Valor estimado:
        Valor IVA excluido: 1 499 393.36 EUR
      7. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición:
        Duración en meses: 36
        Este contrato podrá ser renovado: sí
        Descripción de las renovaciones:

        - Duración inicial: Se inicia con su formalización y finalizará el 31/12/2026, fecha final del proyecto ICI22/00049, a menos que se ejecute una prórroga o una modificación del plazo de ejecución del contrato; o se interrumpa anticipadamente el estudio por motivos de seguridad, o por alguna de las causas de resolución establecidas en los pliegos.

        Se establece una posible prórroga de 12 meses.

      8. Información sobre la limitación del número de candidatos a los que se invitará:
      9. Información sobre las variantes:
        Se aceptarán variantes: no
      10. Información sobre las opciones:
        Opciones: no
      11. Información sobre catálogos electrónicos:

      12. Información sobre fondos de la Unión Europea:
        El contrato se refiere a un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión Europea:

        Este Acuerdo Marco está financiado por el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) mediante los siguientes Proyectos PMPTA22/00093 y Proyecto ICI22/0049.Ambos, financiados con fondos procedentes del Instrumento Next Generación de la Unión Europea, en concreto con el programa Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR/PRTR).

      13. Información adicional:

        Contrato financiado con fondos de la Unión Europea, Componente 17.I06, Mecanismo de Recuperación y Resiliencia/Plan de recuperación, transformación y resiliencia (MRR/PRTR) – Financiado por la UE - Next GenerationEU al 100%

  3. Apartado III
    1. Condiciones de participación:
      1. Habilitación para ejercer la actividad profesional, incluidos los requisitos relativos a la inscripción en un registro profesional o mercantil:
      2. Situación económica y financiera:
        Criterios de selección indicados en los pliegos de la contratación
      3. Capacidad técnica y profesional:
        Criterios de selección indicados en los pliegos de la contratación
      4. Información sobre contratos reservados:
    2. Condiciones relativas al contrato:
      1. Información sobre una profesión concreta:
      2. Información sobre el personal encargado de la ejecución del contrato:
  4. Apartado IV
  5. Descripción:
    1. Tipo de procedimiento:
      Procedimiento abierto
    2. Información sobre un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición:
      Acuerdo marco con varios operadoresNúmero máximo previsto de participantes en el acuerdo marco: 3
    3. Información sobre la reducción del número de soluciones u ofertas durante la negociación o el diálogo:
    4. Información sobre la negociación:
    5. Información sobre la subasta electrónica:
    6. Información acerca del Acuerdo sobre Contratación Pública:
      El contrato está cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública: sí
  6. Información administrativa:
    1. Publicación anterior referente al presente procedimiento:
    2. Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación:
      Fecha: 2024-02-22
      Hora local: 14:00
    3. Fecha estimada de envío a los candidatos seleccionados de las invitaciones a licitar o a participar:
    4. Lenguas en que pueden presentarse las ofertas o las solicitudes de participación:
      CA, ES
    5. Plazo mínimo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta:
      (a partir de la fecha declarada de recepción de ofertas)
    6. Condiciones para la apertura de las plicas:
      Fecha: 2024-02-29
      Hora local: 10:45
      Lugar:

      El acto de apertura del Sobre 2 será público, y se hará mediante la aplicación TEAMS. Se publicará el Link de apertura vía TEAMS, en el tablón de avisos de la mesa del espacio virtual del expediente de la PCGC

      Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:

      Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:

      La apertura del Sobre 2 es pública.

  • Apartado VI
    1. Información sobre la periodicidad
      Se trata de contratos periódicos: no
    2. Información sobre flujos de trabajo electrónicos
      Se utilizará el pedido electrónicoSe aceptará la facturación electrónica
    3. Información adicional

      Contrato financiado con fondos de la Unión Europea, Componente 17.I06, Mecanismo de Recuperación y Resiliencia/Plan de recuperación, transformación y resiliencia (MRR/PRTR) – Financiado por la UE - Next GenerationEU al 100%

    4. Procedimientos de recurso
      1. Órgano competente para los procedimientos de recurso
        TRIBUNAL CATALÀ DE CONTRACTES DEL SECTOR PÚBLIC
        BARCELONA
        Spain
        Dirección de internet: http://exteriors.gencat.cat/ca/ambits-dactuacio/contractacio-publica/tribunal-catala-de-contractes-del-sector-public/
      2. Órgano competente para los procedimientos de mediación
        TRIBUNAL CATALÀ DE CONTRACTES DEL SECTOR PÚBLIC
        Barcelona
        Spain
      3. Procedimiento de recurso
        Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:

        Se podrá interponer recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 44 y sisg. de la LCSP ante el Tribunal Catalán de Contratos de Sector Público como órgano competente para la resolución del recurso, contra el anuncio de licitación, pliegos ydocumentos contractuales que establecen las condiciones que deben regir la contratación, así como los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la misma, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los actos por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del art. 149 de la LCSP contra el acuerdo de adjudicación y las modificaciones contractuales basadas en el incumplimiento de lo dispuesto en los art. 204 y 205 de la LCSP.

        Igualmente, se podrá interponer recurso especial en los supuestos previstos en el artículo 39.2 de la LCSP.

        El recurso especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo. Alternativamente, podrá interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

        El recurso podrá interponerse por personas físicas y jurídicas cuyos derechos e intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones recorridas, y en todo caso por los licitadores.

        El plazo para interponer recurso especial en materia de contratación será de 15 días hábiles, y se contarán de acuerdo con lo establecido en el art. 50 LCSP, en función de cuál sea ​​el acto que se recurra.

        Sin embargo, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en en el apartado 2 del art. 39 LCSP, el plazo para interponer el recurso especial será los indicados en las letras a) y b) del art. 50.2 LCSP.

        El escrito de interposición del recurso se podrá presentar ante el registro del Órgano de Contratación, en el registro del Órgano competente para la resolución del recurso o en cualquiera de los puestos establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

        Transcurridos 2 meses contados desde el siguiente a la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado podrá considerarlo desestimado a efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.

        En el escrito de interposición se hará constar el acto recorrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba que se pretenda hacer valer al recurrente y, en su caso, la solicitud de adopción de medidas provisionales, adjuntando la documentación exigida por el art. 51 de la LCSP.

        En caso de los contratos susceptibles de recurso alzada impropio:

        Los actos derivados del presente procedimiento de adjudicación podrán ser impugnados en vía administrativa en virtud de lo previsto en el art. 44.6 LCSP ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en los plazos y requisitos que se informen en la notificación del acto correspondiente.

        Si se pretende impugnar el anuncio de licitación o los pliegos, el plazo para interponer el recurso de alzada es de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Perfil del contratante de FUNDACIÓN.

        El plazo máximo para dictar y notificar resolución del recurso es de 3 meses. Transcurrido este plazo sin resolución, podrá entenderse desestimado el recurso.

        Contra la desestimación expresa o por silencio del recurso de alzada, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados contenciosos de Barcelona, ​​en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación correspondiente (si es expresa) o 6 meses a contar des del día siguiente en que el recurso se entienda desestimado

      4. Servicio del cual se puede obtener información sobre el procedimiento de recurso

        Se podrá interponer recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 44 y sisg. de la LCSP ante el Tribunal Catalán de Contratos de Sector Público como órgano competente para la resolución del recurso, contra el anuncio de licitación, pliegos ydocumentos contractuales que establecen las condiciones que deben regir la contratación, así como los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la misma, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los actos por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del art. 149 de la LCSP contra el acuerdo de adjudicación y las modificaciones contractuales basadas en el incumplimiento de lo dispuesto en los art. 204 y 205 de la LCSP.

        Igualmente, se podrá interponer recurso especial en los supuestos previstos en el artículo 39.2 de la LCSP.

        El recurso especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo. Alternativamente, podrá interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

        El recurso podrá interponerse por personas físicas y jurídicas cuyos derechos e intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones recorridas, y en todo caso por los licitadores.

        El plazo para interponer recurso especial en materia de contratación será de 15 días hábiles, y se contarán de acuerdo con lo establecido en el art. 50 LCSP, en función de cuál sea ​​el acto que se recurra.

        Sin embargo, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en en el apartado 2 del art. 39 LCSP, el plazo para interponer el recurso especial será los indicados en las letras a) y b) del art. 50.2 LCSP.

        El escrito de interposición del recurso se podrá presentar ante el registro del Órgano de Contratación, en el registro del Órgano competente para la resolución del recurso o en cualquiera de los puestos establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

        Transcurridos 2 meses contados desde el siguiente a la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado podrá considerarlo desestimado a efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.

        En el escrito de interposición se hará constar el acto recorrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba que se pretenda hacer valer al recurrente y, en su caso, la solicitud de adopción de medidas provisionales, adjuntando la documentación exigida por el art. 51 de la LCSP.

        En caso de los contratos susceptibles de recurso alzada impropio:

        Los actos derivados del presente procedimiento de adjudicación podrán ser impugnados en vía administrativa en virtud de lo previsto en el art. 44.6 LCSP ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en los plazos y requisitos que se informen en la notificación del acto correspondiente.

        Si se pretende impugnar el anuncio de licitación o los pliegos, el plazo para interponer el recurso de alzada es de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Perfil del contratante de FUNDACIÓN.

        El plazo máximo para dictar y notificar resolución del recurso es de 3 meses. Transcurrido este plazo sin resolución, podrá entenderse desestimado el recurso.

        Contra la desestimación expresa o por silencio del recurso de alzada, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados contenciosos de Barcelona, ​​en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación correspondiente (si es expresa) o 6 meses a contar des del día siguiente en que el recurso se entienda desestimado

        Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
        Barcelona
        Spain
        Dirección de internet: https://contractacio.gencat.cat/ca/contacte/tccsp/
    5. Fecha de envío del presente anuncio
      2024-01-22

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