Electricity (Испания - Тендер #47066615) | ||
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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: RADIOTELEVISIÓN DE LA REGIÓN DE MURCIA Номер конкурса: 47066615 Дата публикации: 13-10-2023 Сумма контракта: 13 780 485 (Российский рубль) Цена оригинальная: 233 455 (Евро) Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
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SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LAS SEDES DE RADIOTELEVISIÓN DE LA REGIÓN DE MURCIA
Reference number: RTRM 2/2023suministro de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.3. d) de la LCSP, en las sedes de Radiotelevisión de la Región de Murcia (RTRM), sin que su cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar las entregas subordinadas a las necesidades de RTRM
Murcia y Cartagena
suministro de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.3. d) de la LCSP, en las sedes de Radiotelevisión de la Región de Murcia (RTRM), sin que su cuantía total se defina con exactitud, al tiempo de celebrar el contrato, por estar las entregas subordinadas a las necesidades de RTRM.
Las sedes de RTRM donde han de realizarse los suministros de energía eléctrica, son las siguientes:
- Sede central, sita en Murcia, Calle de la Olma, nº 29.
- Delegación de Cartagena, sita en Paso Alfonso XIII, nº 51, Bajo 2.
El contrato podrá ser prorrogado en 24 meses si así lo acuerda el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista siempre que el preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Los empresarios deberán estar incluidas en el listado que, la Comisión Nacional de los mercados y la competencia publicar en su página web, como empresas comercializadoras de energía eléctrica, que hayan comunicado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y, en su caso a la Administración competente, el inicio de su actividad y que no hayan comunicado el cese de la misma, de acuerdo con el artículo 46.4 la Ley 24/2013, de 26 de Diciembre, del Sector Eléctrico y sus modificaciones posteriores.
Para acreditar su capacidad legal, las empresas que realizan la actividad de comercialización deberán ser sociedades mercantiles debidamente inscritas en el registro correspondiente o equivalente en su país de origen, en cuyo objeto social se acredite su capacidad para vender y comprar energía eléctrica sin que existan limitaciones o reservas al ejercicio de dicha actividad.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales.
En el caso de personas físicas o jurídicas no españolas se observará lo establecido en los artículos 67, 68 y 84 de la LCSP.
1ª Sera exigible a la empresa adjudicataria de la licitación el asesoramiento técnico necesario para la reducción y optimización tanto de la factura eléctrica como de los consumos efectuados al objeto de aportar soluciones técnicas viables para la reducción del consumo eléctrico de los distintos puntos de suministro.
2ª. La empresa adjudicataria velará por el mantenimiento de los siguientes valores medioambientales:
Al menos el 50% de la energía suministrada debe proceder de fuentes renovables, teniendo esta consideración las derivadas de la energía eólica, solar fotovoltaica, solar térmica o hidráulica. Se acreditará mediante las Garantías de Origen reguladas en la Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por el que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficacia.
3. Sometimiento a normativa nacional y de la UE en materia de protección de datos.
Sede de RTRM
12 MESES