Special-purpose road passenger-transport services (Испания - Тендер #43233034) | ||
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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: Consell Comarcal del Baix Penedès Номер конкурса: 43233034 Дата публикации: 28-06-2023 Сумма контракта: 361 194 221 (Российский рубль) Цена оригинальная: 6 118 986 (Евро) Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
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Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès
Reference number: 2429/2023Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès, de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 2.1.a) «Servicio escolar de transporte discrecional consolidado con reiteración de itinerario» establecido en el Decreto 161/1996, de 14 de mayo, sobre servicio de transporte escolar, concretado por los centros públicos de educación infantil, primaria y secundaria situados mayoritariamente en la comarca.
Con carácter general, los servicios que se quieren contratar consisten en atender el servicio de transporte escolar de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, y con el fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos.
Lote 1 4 lineas TEC obligatorio, origen Llorenç del Penedès
Lot No: 14 lineas TEC obligatorio, origen Llorenç del Penedès
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
Lote 2 2 lineas TEC obligatori, origen Banyeres del Penedès
Lot No: 22 lineas TEC obligatori, origen Banyeres del Penedès
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 3 3 líneas TEC obligatorio, origen Bellvei
Lot No: 33 líneas TEC obligatorio, origen Bellvei
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 4 1 línea TEC obligatorio, origen Castellet y la Gornal
Lot No: 41 línea TEC obligatorio, origen Castellet y la Gornal
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 5 4 líneas TEC obligatorio, origen Santa Oliva
Lot No: 54 líneas TEC obligatorio, origen Santa Oliva
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 6 2 líneas TEC obligatorio, origen El Montmell
Lot No: 62 líneas TEC obligatorio, origen El Montmell
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 7 4 líneas TEC obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Lot No: 74 líneas TEC obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 8 2 líneas TEC obligatorio, origen Albinyana
Lot No: 82 líneas TEC obligatorio, origen Albinyana
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 9 1 línea TEC obligatorio, origen Bonastre
Lot No: 91 línea TEC obligatorio, origen Bonastre
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 10 2 líneas TEC no obligatorio, origen Santa Oliva
Lot No: 102 líneas TEC no obligatorio, origen Santa Oliva
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 11 1 línea TEC no obligatorio, origen Albinyana
Lot No: 111 línea TEC no obligatorio, origen Albinyana
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 12 2 líneas TEC no obligatorio, origen Cunit
Lot No: 122 líneas TEC no obligatorio, origen Cunit
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 13 1 línea TEC no obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Lot No: 131 línea TEC no obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 14 2 líneas TEC no obligatorio, origen el Montmell
Lot No: 142 líneas TEC no obligatorio, origen el Montmell
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 15 1 línea TEC no obligatorio, origen Bellvei
Lot No: 151 línea TEC no obligatorio, origen Bellvei
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 16 1 línea TEC no obligatorio, origen Banyeres del Penedès
Lot No: 161 línea TEC no obligatorio, origen Banyeres del Penedès
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
lote 17 2 líneas TEC no obligatorio, origen la Bisbal del Penedès
Lot No: 172 líneas TEC no obligatorio, origen la Bisbal del Penedès
Sí, dos. Una para el curso 2025-2026 y otra para el curso 2026-2027.
Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.
Volumen de negocios: De acuerdo con el art. 87 LCSP, el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor de los tres últimos disponibles, por importe no inferior a una vez y media al valor anual del contrato (entiéndase del lote o lotes a los que presenta oferta ).
Relación de los trabajos realizados: Esta relación se ajustará o eliminará en empresas de nueva creación de antigüedad inferior a 5 años. También indicarán el personal directivo y/o técnico que se dispone para la ejecución del contrato, la calificación técnica y si forman parte o no de la plantilla estable de la empresa; describirán sucintamente las instalaciones, maquinaria, equipo técnico que disponen para la ejecución del contrato; y las habilitaciones directamente relacionadas con la ejecución de este contrato). [art. 90 LCSP].Compromiso de adscripción de medios personales y materiales, en los términos del anexo 1, que deberán ser mantenidos por la empresa durante toda la ejecución y notificada su variación al Consejo Comarcal. Su incumplimiento se tratará de acuerdo con lo previsto en la cláusula 7.8).
MEDIOAMBIENTALES
SOCIAL Y LABORAL
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La fecha y la hora son indicativas. Las definitivas se publicarán en el perfil del contratante.
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público