Building-cleaning services (Испания - Тендер #40058458) | ||
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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: Ajuntament de Capellades Номер конкурса: 40058458 Дата публикации: 07-04-2023 Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
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CONTRACTACIÓN POR PROCEDIMENTO RESERVADO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y LOS CENTROS PÚBLICOS DE ENSEÑANZA.
Reference number: 2022/1709Es objeto del contrato la prestación del servicio de limpieza de los edificios municipales y centros docentes públicos de Capellades dependencias del Ayuntamiento de Capellades, que se relacionan en la cláusula tercera del pliego de prescripciones técnicas, con las condiciones que se determinan en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
CAPELLADES
1.1 Descripción del objeto del contrato
1.1.1 Es objeto del contrato la prestación del servicio de limpieza de los edificios municipales y centros docentes públicos de Capellades dependencias del Ayuntamiento de Capellades, que se relacionan en la cláusula tercera del pliego de prescripciones técnicas, con las condiciones que se determinan en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Asimismo es objeto de este contrato promover la inserción laboral de personas que se encuentren en riesgo o situación de exclusión sociolaboral, mediante la contratación de una empresa que acredite solvencia técnica y experiencia específica en materia de inserción sociolaboral.”
1.1.2 Este contrato no es susceptible de ser dividido en lotes por los diferentes motivos que constan detallados en la memoria justificativa que consta en el expediente.
CONTRACTACIÓN POR PROCEDIMENTO RESERVADO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y LOS CENTROS PÚBLICOS DE ENSEÑANZA.
Será obligatoria la facturación electrónica.
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con el artículo 44 de la LCSP, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que tienen que regir la contratación; los actos de trámite que decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; los acuerdos de adjudicación del contrato; y las modificaciones del contrato basadas en el incumplimiento del establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, para entender que la modificación tendría que haber estado objeto de una nueva adjudicación.
Este recurso te carácter potestativo, se gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Català de Contratos del Sector Público, previamente o alternativamente, a la interposición del recurso contencioso-administrativo, en conformidad con la Ley 2911998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y se revuelve por el que disponen los artículos 44 y siguientes de la LCSP y lo Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
31.2 Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con el que establece la Ley 26/2010, del 3 de agosto, del regimos jurídico y de procedimiento de las administraciones publicas de Cataluña, y la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas; o del recurso contencioso-administrativo, en conformidad con el que dispone la Ley 2911998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
31.3 Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, en conformidad con el que dispone la Ley 2ó/2010, del 3 de agosto,del regimos jurídico y de procedimiento de las administraciones publicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, en conformidad con el que dispone la Ley 2911998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Tribunal Català de Contractes del Sector Públic