Miscellaneous repair and maintenance services (оригинал извещения) (Испания - Тендер #49485482) | ||
| ||
| Для перевода текста тендера на нужный язык воспользуйтесь приложением: | ||
Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: Institut Català de les Empreses Culturals Номер конкурса: 49485482 Дата публикации: 22-12-2023 Сумма контракта: 61 317 449 (Российский рубль) Цена оригинальная: 1 038 778 (Евро) Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
||
Servicio de mantenimiento multi técnico de las instalaciones del Centre de Conservació i Restauració de la Filmoteca de Catalunya.
Número de referencia: ICEC-2024-12Servicio de mantenimiento multi técnico de las instalaciones del Centre de Conservació i Restauració de la Filmoteca de Catalunya.
Servicio de mantenimiento multi técnico de las instalaciones del Centre de Conservació i Restauració de la Filmoteca de Catalunya.
Durante 2 años más.
La hora será publicada en el perfil del licitador del ICEC.
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con el artículo 44 y siguientes LCSP, los actos preparatorios, los de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos (en todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 LCSP), los acuerdos de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 LCSP, por entender que la modificación debería haber sido objeto de una nueva adjudicación. Este recurso tiene carácter potestativo y se puede interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público dentro de un plazo de quince días hábiles computables de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 LCSP, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con el artículo 44 y siguientes LCSP, los actos preparatorios, los de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos (en todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 LCSP), los acuerdos de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 LCSP, por entender que la modificación debería haber sido objeto de una nueva adjudicación. Este recurso tiene carácter potestativo y se puede interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público dentro de un plazo de quince días hábiles computables de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 LCSP, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Tribunal Català de Contractes del Sector Públic