Batteries (Испания - Тендер #48029825) | ||
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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P. Номер конкурса: 48029825 Дата публикации: 13-11-2023 Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
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SUMINISTRO DE UNA INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA DE BATERÍA DE FLUJO REDOX DE VANADIO EN EL CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE CUBILLOS DEL SIL
Reference number: P03.C10.I01.P03.S001.02-2023/8Suministro de equipos montaje y puesta en servicio, así como la ingeniería necesaria para
la implantación de una instalación de almacenamiento de energía mediante batería de flujo
redox de vanadio de 1 MW de potencia y 8 MWh de energía, en el Marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
Centro de Desarrollo de Tecnologías sito en Avenida del Presidente Rodríguez Zapatero S/N, en Cubillos del Sil
Contrato de suministro de baterías de flujo redox de vanadio que comprende la instalación y la ingeniería necesaria para el correcto funcionamiento del suministro.
Porcedimiento de contratación abierto
Porcedimiento de contratación abierto
El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computados en las formas previstas en el artículo 50 de la LCSP. No obstante, si el recurso se funda en alguna de las causas de nulidad del artículo 39.2.c), d), e) o f) el plazo será de treinta días o seis meses, según los casos.
Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante el recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios.
La interposición del recurso especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo, será gratuito para los recurrentes y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 59 de la LCSP.
Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de la interposición del recurso contencioso-administrativo, la resolución del recurso especial en materia de contratación será directamente ejecutiva.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción, salvo lo relativo a la modificación de los contratos que se regirá por lo dispuesto en los términos antes indicados, siendo competentes los Juzgados y Tribunales de León capital con renuncia expresa de las Partes a su propio fuero, caso de ser distinto.