Natural gas (оригинал извещения) (Испания - Тендер #46227518) | ||
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Страна: Испания (другие тендеры и закупки Испания) Организатор тендера: Consellería de Economía, Industria e Innovación Номер конкурса: 46227518 Дата публикации: 19-09-2023 Источник тендера: Единая система закупок Европейского союза TED |
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Suministro de gas natural canalizado y gas natural licuado a los centros de consumo de la Red de Energía de la Xunta de Galicia (Redexga)
Número de referencia: 2023_005_SXTSuministro de gas natural canalizado (GNC) y gas natural licuado (GNL) a los centros de consumo de la Red de Energía de la Xunta de Galicia (Redexga) que figuran en el anexo VIII y IX del pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), así como a aquellos otros que se puedan incorporar durante el período de vigencia del contrato de acuerdo con el establecido en la cláusula 4.2 del pliego de prescripciones técnicas (PPT).
Suministro de gas natural canalizado a los centros de consumo de la Redexga
Lote nº: 1Suministro de gas natural canalizado a los centros de consumo de la Redexga con tarifas de acceso RL.1, RL.2, RL.3, RL.4, RLPS.2, RLPS.3, RLPS.4, RLPS.5, RLTB.5, RLTB.6, RLTB.7, RLTA.7, RL.8 y RL.10 relacionados en el anexo VIII del PCAP así como a aquellos otros que se puedan incorporar durante el período de vigencia del contrato de acuerdo con el establecido en la cláusula 4.2 del PPT
Será susceptible de prórroga por un período de dos años de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2 y 29.4 de la LCSP.
Las prórrogas las acordará el órgano de contratación, por períodos máximos anuales, y serán obligatorias para el adjudicatario. Su preaviso se realizará, para el tercer y cuarto año de contrato con una antelación suficiente para la adaptación del precio o compra de energía.
Suministro de gas natural licuado a los centros de consumo de la Redexga
Lote nº: 2Suministro de gas natural licuado al centro de consumo de la Redexga relacionados en el anexo IX del PCAP así como a aquellos otros que se puedan incorporar durante el período de vigencia del contrato de acuerdo con el establecido en la cláusula 4.2 del PPT
Será susceptible de prórroga por un período de dos años de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2 y 29.4 de la LCSP.
Las prórrogas las acordará el órgano de contratación, por períodos máximos anuales, y serán obligatorias para el adjudicatario. Su preaviso se realizará, para el tercer y cuarto año de contrato con una antelación suficiente para la adaptación del precio o compra de energía